martes, 5 de julio de 2022

La FPE en España

 UNIDAD DIDÁCTICA 1.2.

LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO.

1. Modalidades de Formación

Podemos diferenciar tres formas de educación según el nivel de formalización que se posea:

1) Educación formal, (reglada): Hace referencia al sistema educativo estructurado administrativamente en grados, suele estar localizado en edificios específicos acorde con unos registros legalmente establecidos, y que desemboca en la obtención de títulos académicos. Constituye el sistema oficial de enseñanza: educación Primaria, E.S.O., Bachillerato, F.P. reglada, estudios universitarios.

2) Educación no formal, (no reglada): Supone un sistema de actividades educativas, organizadas fuera del sistema oficial, para facilitar diferentes clases de aprendizaje. La F.P.E. es un claro ejemplo de este tipo de educación.

3) Educación informal: Se diferencia de las dos anteriores en que no responde a un proyecto previamente determinado.

Tanto la educación formal como la no formal son sistemáticas; han de estar proyectadas y su puesta en marcha responde a este proyecto.

La educación informal, en cambio, sólo exige que exista un aprendizaje, porque no es sistemática. De esta manera, se pueden adquirir algunas de las competencias profesionales que una persona trabajadora posee, del mismo modo que aprendemos las funciones y las pautas de comportamiento que debemos seguir dentro de la sociedad.


2. Contexto Socioeconómico.


Podríamos caracterizar el actual contexto económico y social, en la Europa y la sociedad mundial del siglo XXI por cuatro, entre otros, principales aspectos básicos:


2.1. La Globalización de la economía.

2.2. La sociedad de la Información.

2.3. Nueva organización del trabajo.

2.4. Altos niveles de Desempleo y Exclusión Social

Desde este marco es desde donde tenemos que enmarcar y entender la FPE como política activa de empleo.


3. La Formación Profesional Para el Empleo (F.P.E.)

3.1. ¿Qué es la F.P.E.?

El actual Plan de educación en España (LOMCE-2014), contempla dos tipos de Formación Profesional: La FP reglada, que se imparte en los institutos (Básica, ciclos medio y superior, con titulación académica) y la FPE no reglada, en sus diferentes modalidades de oferta y de demanda: para personas desempleadas, ocupadas, y experiencias mixtas de Formación y Empleo (escuelas-taller, talleres de empleo, casas de oficios, formación dual), conducentes a Certificados de Profesionalidad.

La Formación Profesional para el Empleo es la modalidad formativa que trata de proporcionar cualificación profesional para todas aquellas personas que quieren incorporarse al mundo laboral o que, encontrándose en él, pretenden mantenerse en el mismo a través de la reconversión, actualización, reciclaje o especialización profesional.

Este tipo de formación es una Formación de Adultos, dirigida a cualquier persona mayor de 16 años; pero fundamentalmente a aquéllos que tienen especiales dificultades para acceder al mercado laboral, como son los jóvenes, mujeres, inmigrantes, discapacitados, mayores de edad…

Un conjunto de acciones que tiene como objeto impulsar y extender entre las empresas y las personas trabajadoras ocupadas y desempleadas una formación que responda a sus necesidades,  favoreciendo el aprendizaje permanente en un mercado de trabajo basado en el conocimiento.

Por ello, la Consejería de Empleo en Andalucía diseña anualmente un paquete de acciones formativas que facilitan la mejora de la cualificación profesional de las personas trabajadoras y desempleadas, adaptando sus competencias a los requerimientos del mercado de trabajo.


3.2. Características de la F.P.E.

La formación profesional para el empleo se caracteriza por:

1. El objetivo o finalidad es formar para una ocupación o puesto de trabajo.

2. Responde a necesidades del mercado laboral.

3. Se planifica a partir de investigaciones que recogen información sobre necesidades y evolución de las ocupaciones.

4. Estructurada en Competencias, que conforman cada Cualificación Profesional, conducente a un Certificado de Profesionalidad

4. Los objetivos competenciales, capacidades y contenidos se infieren del análisis de las ocupaciones.

5. Los planes cambian con cierta agilidad

6. La metodología utilizada incide sobre la aplicación práctica del conocimiento.

7. En cuanto a la organización, es flexible respecto a la duración de las acciones formativas, ubicación, medios, etc.




3.3. Medios, Marco Legal, Instituciones.

  • La Programación de FPE en Andalucía se suele gestionar con Medios Propios, directamente gestionados por la Consejería de Empleo en sus correspondientes Delegaciones Territoriales, en sus Centros Fijos y Públicos de FPE, consorcios, con personal funcionario y contratado. Y con Medios Ajenos, subvencionados, Centros Colaboradores, otros proyectos: Programas de empleo-formación (antiguas Escuelas Taller, Talleres de empleo...)


  • Es la ley 30/2015 de 9 de Septiembre por el que se regula el subsistema de la FPE en el estado español.

BOJA correspondiente en Andalucía: Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009, de 22 de septiembre

  • CEDEFOP, INCUAL, SPEE, Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, Fundación Tripartita y otras entidades locales, provinciales y pluriprovinciales…son instituciones con competencias en materia de FPE.

  • Ley orgánica 01/04/2022. Ley orgánica de Ordenación e integración de la FP. (Cuatro años para su implantación).



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